CAL: ley antitransfuguismo limita labor de parlamentarios

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El decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Pedro Ángulo, opinó que la ley antitransfuguismo limita la labor de los congresistas, por lo que debe ser declarada inconstitucional en algunos aspectos. Precisó que la salida de varios parlamentarios de sus bancadas no puede ser catalogado como transfuguismo sino como disentimiento.

En el año 2000, recordó, un grupo de congresistas de oposición abandonaron sus bancadas para pasarse al fujimorismo a cambio de dinero. «No es lo mismo; cuando hay disentimiento el grupo mismo traiciona los principios por los cuales fue elegido y las personas que conservan esos principios quedan en minoría y no pueden manifestarse», refirió.

Estos congresista, con la ley antitransfuguismo, pierden sus derechos para el ejercicio de su función parlamentaria. La ley antitransfuguismo impide a los congresistas que abandonan su bancada formar o integrar otro grupo parlamentario, ser miembros de la Junta Directiva del Poder Legislativo o de las comisiones.

Pedro Ángulo indicó, en ese sentido, que algunos aspectos de la norma deben ser corregidos por el Tribunal Constitucional (TC). «Los miembros del Congreso no deben estar constreñidos ni limitados en el ejercicio de la función para la cual fueron elegidos» aseveró. Opinó que debería permitirse a los legisladores que abandonen su bancada por disentimiento formar otro grupo parlamentario.

Al sustentar su propuesta, explicó que un congresista en forma individual se hace sentir con su voto, pero para otros temas de coordinación es necesario un grupo parlamentario. Un grupo de legisladores presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la ley antitransfuguismo ante el TC, que debe emitir su pronunciamiento en las próximas semanas.

El asesor legal del Congreso, Guillermo Llanos, indicó en la audiencia del TC que con la norma buscan impedir la fragmentación de grupos parlamentarios elegidos.
(Fuente: Andina)