El colegiado superior varió la sentencia efectiva a prisión suspendida bajo reglas de conducta y fijó un incremento en la indemnización económica a favor de los deudos.
El colegiado superior de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de La Libertad modificó la sentencia efectiva dictada en primera instancia, disponiendo el cumplimiento de la sanción bajo reglas de conducta. Los vocales Jorge Alberto Colmenares Cavero, Víctor Hugo Mariños y Manuel Federico Loyola Florián emitieron por unanimidad la resolución que permite la excarcelación de Maricsa Polet Alfaro Cerna, condenada inicialmente a cuatro años, seis meses y 26 días de cárcel por el atropello subsecuente con muerte del agente de seguridad Juan Martínez Torres, hecho registrado el pasado 3 de mayo en la urbanización El Golf del distrito de Víctor Larco.
Fundamentos del tribunal y condiciones de la pena suspendida
Los magistrados sustentaron el fallo en que la sanción impuesta no excede los cinco años de privación de la libertad y en que la procesada cumple con las previsiones legales para acceder a la ejecución suspendida. El colegiado valoró el comportamiento de la sentenciada, su arraigo domiciliario, la aceptación de cargos y las entregas económicas efectuadas como parte del resarcimiento.
A pesar de los pedidos planteados por el Ministerio Público y la parte civil para confirmar la reclusión efectiva, argumentando la severidad del desenlace, la conducción con licencia vencida y el estado de ebriedad, la Sala concluyó que la magnitud del perjuicio no constituye un impedimento legal cuando se acreditan las exigencias fijadas por la norma procesal.
Incremento del monto indemnizatorio e inhabilitación para conducir
En el plano de la responsabilidad civil, la resolución superior incrementó a S/ 400,000 la reparación que la sentenciada deberá abonar a favor de los deudos de la víctima, al considerar insuficiente la cuantía determinada por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio.
La judicatura precisó que para la liquidación del saldo pendiente se descontarán los aportes entregados con anterioridad por la condenada, sus parientes o el tercero civil, así como las coberturas del seguro contratado. Asimismo, el tribunal ratificó la inhabilitación definitiva de Alfaro Cerna para obtener o renovar licencias de conducir cualquier tipo de vehículo motorizado.
