La Junta Nacional de Justicia (JNJ) oficializó la sanción de destitución contra Delia Espinoza Valenzuela tras culminar el Procedimiento Disciplinario n.° 022-2026-JNJ. El Pleno del organismo constitucional resolvió retirarla del cargo al concluir que cometió faltas de gravedad extrema estipuladas en la Ley de la Carrera Fiscal durante el ejercicio de sus funciones como fiscal de la Nación.
El proceso disciplinario se estructuró sobre dos imputaciones centrales: la paralización injustificada de la Carpeta Fiscal N.° 247-2023 y la realización de una reunión extraprocesal con el excongresista Alejandro Soto Reyes el 2 de septiembre de 2025, fecha en la que dicho despacho mantenía una investigación abierta en contra del exlegislador.
Faltas tipificadas y conducta omisiva
El órgano de control determinó que Espinoza Valenzuela incurrió en la falta contemplada en el numeral 13 del artículo 47 de la Ley N.° 30483. La resolución fundamenta la existencia de una conducta omisiva manifestada en un periodo de inactividad de aproximadamente siete meses dentro del expediente seguido contra Soto Reyes, omisión que el Pleno consideró injustificable bajo argumentos de recarga procesal.
Asimismo, la JNJ aplicó el numeral 11 de la misma norma, al corroborar que la investigada mantuvo vínculos extraprocesales con un investigado al reunirse con Soto Reyes, quien en ese momento ejercía la presidencia de la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República.
Testimonios e imprecisiones en el descargo
Las indagaciones contaron con la declaración testimonial de tres ciudadanas que ratificaron la realización del encuentro en las instalaciones del despacho congresal de Soto Reyes y no en las dependencias de la Comisión de Presupuesto. Las atestaciones coincidieron en que la exfiscal hizo mención explícita a la carpeta fiscal del exparlamentario, lo que desmintió la versión de la defensa que sostenía que el diálogo abordó de forma exclusiva materias presupuestarias.
En su argumentación de defensa, Espinoza Valenzuela mostró contradicciones: en una primera instancia adujo que la cita respondió a coordinaciones del gremio sindical del Ministerio Público para demandar asignaciones presupuestales; no obstante, en diligencias posteriores afirmó no recordar quién gestionó la reunión. El procedimiento probó además que el excongresista no fue el promotor del encuentro.
La medida extrema de destitución se aprobó con tres votos a favor, emitidos por los consejeros Rafael Ruiz Hidalgo, Germán Serkovic González y Gino Ríos Patio. Por su parte, los miembros Jaime de la Puente Parodi y Cayo Galindo Sandoval suscribieron votos singulares, mientras que el vicepresidente de la JNJ, Víctor Hugo Chanduví Cornejo, votó a favor de la absolución.
