La Corte Superior de Lima Norte fijó en S/ 223 000 el monto de indemnización a favor de los deudos del agente policial y el comerciante extorsionado.
El Juzgado Penal Colegiado Permanente de la Sede Los Estaños, perteneciente a la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, condenó a 30 años de pena privativa de la libertad al ciudadano venezolano Jesús Alberto Chanchamire Ibarra. El tribunal lo halló responsable en calidad de coautor de los delitos de homicidio calificado, homicidio calificado en grado de tentativa y extorsión agravada tentativa.
El colegiado -presidido por el magistrado Enrique Pardo del Valle e integrado por las juezas Beatriz Ormeño Chirinos y Ninel Orrillo Vallejos- fijó además el pago de una reparación civil de S/ 223 000. La suma se distribuirá en S/ 200 000 para los deudos del suboficial PNP Juan Carlos Díaz Chapoñan, S/ 20 000 para los agentes sobrevivientes y S/ 3 000 para el propietario del negocio afectado. Durante el juicio oral, el imputado admitió su responsabilidad penal y se acogió a los cargos presentados por la Fiscalía.
Persecución y pruebas presentadas
De acuerdo con la investigación fiscal, los hechos ocurrieron en el distrito de Los Olivos tras un acto de extorsión contra el comercio “Magic Food”. Chanchamire Ibarra conducía la motocicleta en la que intentó darse a la fuga junto a su cómplice, Romuald Daniel Nochie Sucre (fallecido), quien realizó los disparos que causaron la muerte del agente Díaz Chapoñan e hirieron a otros dos efectivos antes de ser reducidos.
El Ministerio Público sustentó la acusación mediante pericias balísticas forenses, protocolos de necropsia, registros de cámaras de seguridad y la extracción de datos del dispositivo móvil del condenado. Chanchamire Ibarra permanecerá recluso en un establecimiento penitenciario hasta el 12 de agosto de 2055.
