Foto: Caretas
Por Sergio Bolívar
Artículo de opinión
Estamos ante un precedente institucional que podría condicionar desde su origen la transición hacia las elecciones de 2026. La sucesión presidencial tras la censura de José Jerí y la designación de José María Balcázar como presidente encargado constituye una inconstitucionalidad respecto al método empleado para producir ese resultado. El Congreso eligió el camino políticamente viable, la censura con mayoría simple, en lugar del procedimiento jurídicamente más exigente: la vacancia con mayoría calificada. Esto habilitó un efecto equivalente al reemplazo del titular del Ejecutivo sin activar los estándares diseñados para resguardar la estabilidad en las elecciones.
La Constitución establece distintos procedimientos en función de sus consecuencias. La vacancia exige 87 votos debido a que su impacto altera el mandato presidencial. La censura se concibe como herramienta de control político respecto de ministros o del gabinete. La utilización de un mecanismo de mayoría simple para alcanzar un resultado institucionalmente irreversible introduce un precedente que erosiona la previsibilidad del sistema político en una etapa especialmente sensible.
Las evidencias del proceso refuerzan esta preocupación. La votación que habilitó la censura se produjo sin acción competencial ante el Tribunal Constitucional que delimitara el alcance del mecanismo utilizado. La defensa institucional del Ejecutivo resultó limitada, y la transición se inicia en paralelo a desafíos concretos como la transferencia pendiente del presupuesto electoral, estimado en aproximadamente 448 millones de soles, sin el cual no es posible organizar los comicios a tiempo. A ello se suma un contexto fiscal exigente y una campaña electoral fragmentada, en la que diversos operadores políticos buscan capitalizar la coyuntura para posicionar agendas que abarcan desde reformas constitucionales hasta la renegociación de contratos estratégicos.
El conflicto está en el método empleado. Las bancadas que habilitaron la sucesión, el Ejecutivo transitorio, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco Central de Reserva, el Jurado Nacional de Elecciones y la Oficina Nacional de Procesos Electorales se convierten en actores de un equilibrio delicado, en el que decisiones administrativas adquieren consecuencias políticas a largo plazo. En un entorno de fragilidad económica y disputa geopolítica, marcado por la competencia entre Estados Unidos y China en infraestructuras críticas como el puerto de Chancay, la credibilidad de las reglas internas se transforma en un activo estratégico.
¿Y si no hay sanción, qué impide que se repita?
Uno de los aspectos más preocupantes del episodio reciente radica en la ausencia de consecuencias institucionales para quienes habilitan este tipo de procedimientos. El diseño constitucional peruano carece de sanción específica cuando se utiliza un mecanismo parlamentario para alterar la sucesión presidencial sin cumplir con los estándares reforzados de la vacancia. El Tribunal Constitucional requiere activación por parte de los poderes involucrados, la acusación constitucional depende de mayorías políticas y la responsabilidad funcional carece de tipificación frente a la manipulación procedimental. En la práctica, una mayoría circunstancial puede producir efectos institucionales irreversibles sin asumir costo jurídico alguno. Mientras la Constitución exige 87 votos para vacar y mantiene vacíos frente a su rodeo mediante atajos, el incentivo político se orienta hacia la repetición del método cuando la correlación de fuerzas lo permita. La incorporación de una cláusula de responsabilidad por uso indebido del procedimiento contribuiría a que el precedente conserve su carácter excepcional.
La presión cívica organizada, la acción gremial responsable y la defensa técnica de las instituciones autónomas, son necesarias para contener el daño reputacional y blindar el proceso electoral. Ello implica exigir transparencia en la transferencia del presupuesto electoral, reforzar la autonomía del Banco Central de Reserva frente a presiones extraordinarias y promover consensos mínimos que separen la gestión del Estado de la competencia partidaria durante la transición.
En una coyuntura marcada por precedentes discutibles y reglas tensionadas, el país requiere un liderazgo que escenifique control institucional, claridad técnica y compromiso con los límites constitucionales. Le corresponde al Ejecutivo transitorio, en coordinación con el MEF, el sistema electoral y las entidades autónomas, proyectar esa señal de estabilidad. De lo contrario, un reacomodo que privilegie perfiles con experiencia en administración pública, manejo macroeconómico y respeto al debido proceso facilitaría la conducción de la transición.
Las reglas constituyen el dique que contiene la arbitrariedad. La normalización del atajo incrementa la incertidumbre política, eleva el riesgo país y debilita la confianza en la competencia electoral.
Como advertía Platón, “el precio de desentenderse de la política es ser gobernado por los peores”. La transición hacia 2026 dependerá, en última instancia, de que esa advertencia permanezca vigente.
