El Ejecutivo ha promulgado un decreto legislativo que faculta la revisión inmediata de dispositivos electrónicos capturados en situaciones de flagrancia relacionadas con extorsión, sicariato y secuestro. Esta normativa, que modifica el Código Procesal Penal, extiende también dicha autorización a los equipos hallados durante operativos sorpresa en establecimientos penitenciarios.
El objetivo central es dotar a las autoridades de herramientas ágiles para asegurar evidencia digital antes de que esta pueda ser eliminada o alterada, optimizando la respuesta del Estado ante el crimen organizado.
Procedimiento legal y control jurisdiccional
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) detalló que, bajo este nuevo marco, el personal policial está habilitado para inspeccionar la información de los equipos incautados siempre que cuente con la autorización previa del Ministerio Público.
Esta intervención debe ser estrictamente indispensable para el esclarecimiento de los hechos investigados. Para garantizar el respeto a las garantías constitucionales, la norma establece que, una vez finalizada la inspección, el fiscal deberá solicitar a un juez la resolución confirmatoria correspondiente, asegurando así un control posterior del acto de investigación.
Eficacia en la preservación de evidencia digital
La implementación de esta medida responde a la necesidad de preservar la inmediatez en la obtención de datos, un proceso que anteriormente se veía obstaculizado por la demora en los trámites judiciales, permitiendo a los criminales borrar información crítica.
Con este ajuste operativo, se busca evitar la pérdida de mensajes, registros de llamadas o geolocalización que resultan determinantes en la persecución de delitos graves. Según la PCM, esta reforma fortalece la capacidad operativa de la justicia y garantiza una lucha más efectiva contra las redes de extorsionadores y sicarios que operan tanto en las calles como desde las prisiones.
