Sunat amplió plazo de contratación de OSE

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  •  La contratación de un Operador de Servicios Electrónicos (OSE), obligatoria para los PRICOS, simplifica y acelera la adopción del sistema, al externalizar, en un operador certificado, la mayoría de las tareas. 
  • El OSE comprueba informáticamente el cumplimiento de los aspectos esenciales para que se considere emitido el documento electrónico que sirve de soporte a los comprobantes de pago electrónicos.

La SUNAT ha ampliado hasta hoy 7 de agosto el plazo de emisión obligatoria de comprobantes electrónicos para las empresas consideradas principales contribuyentes (PRICOS). El objetivo de la Resolución de Superintendencia No. 133-2019/SUNAT, es que la adopción del nuevo sistema sea más sencilla para las empresas. Inicialmente, estaba previsto que los PRICOS comenzasen a validar sus facturas a través de un Operador de Servicios Electrónicos a partir del 1 de julio.

Además, y de manera excepcional, la Resolución amplía el plazo para reportar los comprobantes electrónicos a 30 días, en el caso de los comprobantes emitidos durante el mes de julio. Una vez pasado este periodo, los PRICOS deberán reportar los comprobantes electrónicos en un periodo máximo de 7 días, tal y como quedó establecido en un primer momento.

Gracias a esta ampliación de los plazos, los PRICOS tendrán un mes para validar sus facturas electrónicas a través de un OSE e impedir que sean rechazadas o invalidadas por parte de la SUNAT. Según la normativa, estarán obligadas todas las empresas cuyos ingresos anuales en 2017 hayan sido iguales o superiores a 300 UIT (1 millón 215 mil soles). De esta forma, este segmento de empresas, conocidas como PRICOS, que agrupa a 14.000 entidades en todo el país, deberán utilizar estos sistemas de emisión a partir del 7 de agosto.

Si un PRICO emite un comprobante fuera de la plataforma OSE, será rechazado por la SUNAT. Sin embargo, la empresa tendrá un periodo extraordinario de 30 días adicionales, hasta el 7 de agosto, para autorizar un Operador de Servicios Electrónicos para validar sus comprobantes, y lograr que sus facturas puedan ser admitidas por la Superintendencia. Si bien, se ha ampliado el plazo, los PRICOS deben tener en cuenta que sus clientes no pueden comprobar la validez de sus facturas hasta que sean validadas por un OSE. “Por tanto, la recomendación – señala Alberto Redondo, director de marketing de SERES para Iberia y LATAM – es que las empresas que todavía no lo hayan hecho, regularicen el proceso cuanto antes y no esperen a agotar los plazos, no solo para cumplir con la norma de SUNAT sino para prevenir cualquier problema contable o con la recaudación de pagos de sus clientes”.

En Perú se emiten cada día más de 6 millones de comprobantes electrónicos, dentro de los que se incluyen las facturas electrónicas. Con la introducción de esta nueva obligación, la SUNAT espera que, en 2021, el 95% de las empresas peruanas utilicen comprobantes de pago electrónicos.

¿Qué supone la contratación de un OSE para la empresa?

La contratación de un OSE, obligatoria para los PRICOS, simplifica y acelera la adopción del sistema, al externalizar, en un operador certificado, la mayoría de las tareas.  El Operador de Servicios Electrónicos comprueba informáticamente el cumplimiento de los aspectos esenciales para que se considere emitido el documento electrónico que sirve de soporte a los comprobantes de pago electrónicos. Los tipos de comprobantes que se pueden emitir a través de un OSE son la factura, la boleta de venta, las notas de crédito, las notas de débito, los comprobantes de retenciones, los comprobantes de percepciones, la guía de remisión y los recibos de Servicio Público.

De esta forma, el sistema OSE es el encargado de comprobar, verificar y autorizar la emisión de los comprobantes electrónicos de acuerdo con el Sistema de Emisión Electrónica.

SERES como OSE

SERES es uno de los Operadores de Servicios Electrónicos acreditados por la SUNAT y pionero y espcialista a nivel mundial de soluciones de intercambio electrónico seguro de documentos. SERES acompañará a las empresas en este nuevo proceso en el que, además de validar la correcta emisión de los comprobantes de pago, también enviará toda la información relacionada con los mismos a la SUNAT.

Una vez que se han recibido los comprobantes, SERES enviará toda la información que realizó en la comprobación informática a la SUNAT en el plazo de una hora. Los emisores podrán consultar a través de la página web los documentos electrónicos de los que se hayan emitido una CDR (Constancia de Recepción) y también las comunicaciones en relación a los mismos (Aceptada o Aceptada con Observación). Además, SERES deberá mantener durante un mes el documento del cual se emitió el CDR y las comunicaciones o inconsistencias que se hayan emitido. SERES cumple con todos los requisitos, tanto legales como técnicos, establecidos por la SUNAT para ser OSE.