Reconocen pensión de sobrevivencia

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Un proyecto de ley que propone reconocer el derecho a la pensión de sobrevivencia a favor de las uniones de hecho en las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, se aprobó por mayoría en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social que preside el congresista Justiniano Apaza.

La propuesta, cuyo autor es el congresista Carlos Tubino (FP), plantea otorgar las pensiones de sobrevivencia a los concubinos propios del Régimen del Decreto Ley 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el D.L. 19990 y los convivientes propios del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, pensiones que se derivan de los respectivos aportes de este personal.

Asimismo, la iniciativa establece que las uniones de hecho que reúnan las condiciones establecidas en la propuesta tienen los mismo derechos pensionarios aplicables a los del matrimonio, por lo que las disposiciones contenidas en los artículos 29, 36, 43, 53, 62, y 67 del Decreto Ley 19990, se aplican al integrante sobreviviente de la unión de hecho.

De igual manera, dispone que las uniones de hecho que reúne las condiciones establecidas en la propuesta legislativa tiene los mismos derechos pensionarios aplicables a los del matrimonio, por lo que las disposiciones contenidas en el artículo 32 y 38 del Decreto Ley 20530, se aplican al integrante sobreviviente de la unión de hecho.

Del mismo modo, las uniones de hecho que reúnen las condiciones establecidas en la iniciativa tienen los mismos derechos que son aplicables a los del matrimonio, por lo que las disposiciones contenidas en los artículos 17, 28 y 33 del Decreto Legislativo 1133 se aplican al integrante surgido de la unión de hecho.

Finalmente, la proposición establece que la pensión de sobrevivencia caduca cuando el beneficiario forma otra unión de hecho en los términos de esta ley. Asimismo son aplicables de las causales de suspensión, caducidad y pérdida de la pensión del cónyuge beneficiario prevista en el régimen pensionario.

Ley tratamiento de Alzheimer

La comisión también aprobó, por mayoría, la iniciativa legislativa que plantea modificar la Ley 30020, y establece la «ley de prevención y tratamiento de la enfermedad de Alzheimer”, cuyo autor es el parlamentario de Fuerza Popular Octavio Salazar Miranda.

El proyecto de ley propone garantizar la protección social e integral de las personas que sufren de la enfermedad de Alzheimer, considerando medidas para la prevención, mejora de la evaluación, diagnóstico y promoción de un sistema de atención integral de salud.

La iniciativa es de aplicación a todas las instancias de orden público, así como a todas las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado que se dediquen a cualquier actividad relacionada con la enfermedad de alzheimer.

El proyecto plantea a todas las instancias a regirse por los siguientes principios de la universalidad, participación, unidad, coordinación, oportunidad y de progresividad. Según la propuesta, tienen derecho los pacientes al cuidado preventivo y progresivo permanente e inmediato, el mismo que comprende asistencia física y psicológica en consideración a la enfermedad, a un adecuado tratamiento de farmacológico y no farmacológico recomendado por los especialistas en la enfermedad.

Del mismo modo, a un diagnóstico preventivo y progresivo por especialistas del área en los sectores públicos y privados. Asimismo, el goce de la protección integral del Estado en todas las etapas de la enfermedad y los demás derechos que puedan generarse en beneficio del paciente.