Policías pueden actuar de oficio y denunciar casos de violencia a la mujer

0
826

Y grupo familiar. Este procedimiento se realizará cuando casos sean detectados por la PNP y víctimas no denuncien por temor o dependencia hacia el agresor.

Personal de la Policía Nacional del Perú podrá actuar de oficio ante casos de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, cuando sean detectados en el ámbito público o privado; y las víctimas, pese a las evidencias existentes, no formulen una denuncia por temor hacia su agresor.

Así quedó establecido en las modificaciones recientemente realizadas a la “Guía de Procedimientos para la Intervención Policial”, efectuada por la Comandancia General de la Policía Nacional, en el marco de la Ley que Previene, Sanciona y Erradica la violencia contra estas poblaciones (Ley 30364).

La modificatoria, aprobada en diciembre del año 2018, incorpora en esta guía un nuevo elemento: la “detección” en el caso de cualquier hecho de violencia contra la mujer o los integrantes del grupo familiar en el ámbito público o privado.

Este nuevo eje de detección permite al personal policial intervenir y denunciar de oficio aquellos hechos de violencia que no quieran ser denunciados, debiéndose recabar la información necesaria para sentar la denuncia, sin que ello signifique una revictimización.

De esta manera, los efectivos detectarán de forma oportuna este tipo de hechos en las intervenciones que realicen, y actuarán con la celeridad que corresponde, a fin de garantizar el derecho irrenunciable de las personas a una vida libre de violencia.

Según la modificación, los hechos de violencia a ser detectados corresponden a los casos de violencia física, psicológica, sexual, e incluso económica o patrimonial.

Dado que muchas mujeres o integrantes del grupo familiar no se atreven a denunciar por temor o dependencia con el agresor, la Policía también podrá acompañar a la víctima a la comisaría competente, siempre y cuando se cuente con su consentimiento.

Si la víctima desea dar mayores alcances sobre el hecho, el personal policial la entrevistará y documentará su declaración en audio, video o en un acta para acompañar al atestado policial, según sea el caso, se indica en el documento.

La Guía de Procedimientos también precisa que, al realizar la entrevista a la víctima, el personal policial no podrá emitir opiniones, juicios de valor o referencias de la vida de la denunciante. Esta información será incorporada en la ficha de valoración de riesgo que sustenta la denuncia de oficio.

Cabe mencionar que uno de los lineamientos prioritarios de la Política General de Gobierno al 2021 es la protección de la niñez, la adolescencia y las mujeres frente a todo tipo de violencia, mientras que la Ley 30364 reconoce el derecho de las mujeres y los integrantes del grupo familiar a vivir libres de violencia.