PJ crea corte especializada en crimen organizado y corrupción

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Disponen fusión de Sala Penal Nacional y Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios

El Poder Judicial (PJ) constituyó la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, la cual tendrá competencia nacional, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

Así lo dispuso mediante resolución administrativa Nº 318-2018-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), publicada en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano en consideración a que la unificación de los referidos órganos jurisdiccionales optimizará su servicio y facilitará su funcionalidad jurisdiccional, administrativa y presupuestaria.

“Considero que la creación de esta corte constituye un importante avance para el control de la criminalidad organizada en el país”, señaló el titular del Poder Judicial, Víctor Prado Saldarriaga, quien mañana 31 de diciembre concluye sus funciones como presidente del PJ.

La medida también dispone la aprobación del estatuto de esta corte superior especializada, la misma que consta de veinte artículos, diez disposiciones finales y transitorias, así como  una disposición derogatoria.

Ratificación de jueces

El flamante distrito judicial será presidido de manera provisional por la jueza superior titular de la Corte de Lima Inés Villa Bonilla; en tanto, la jueza Susana Castañeda Otsu continuará como magistrada coordinadora del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

Debe señalarse que los órganos jurisdiccionales, plazas de jueces y todo el personal jurisdiccional y administrativo de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios seguirán con las mismas competencias y tramitación de los procesos que les corresponda.

Plazos 

La referida resolución establece, asimismo, un plazo de 180 días calendario como régimen transitorio para el proceso de reestructuración y adaptación de los órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman la nueva Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios.

De acuerdo al estatuto aprobado, esta corte especializada es competente para conocer delitos de terrorismo y los establecidos en la Ley N.° 30077 (Ley Contra el Crimen Organizado) y sus disposiciones modificatorias como la Ley N.° 30096, cuyos efectos tengan repercusión nacional o internacional y el delito dé lugar a un proceso complejo.

También los referidos a delitos contra la humanidad así como los perpetrados contra periodistas en el ejercicio de su profesión y los de lavado de activos cuya actividad criminal previa se vincule a los delitos antes mencionados.

Y en caso de concurso de delitos y/o acumulación de procesos entre los que figure alguno de los delitos indicados, cuyo procesamiento y enjuiciamiento recaiga en un órgano jurisdiccional diferente, su conocimiento corresponderá a este distrito judicial.

La Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios está constituida por dos sistemas especializados en delitos referidos al crimen organizado y delitos de corrupción de funcionarios.

Está conformada por siete salas penales especializadas (cuatro salas de apelación permanentes y tres salas transitorias) en delitos de crimen organizado y de corrupción de funcionarios

También por dos juzgados penales colegiados permanentes, seis juzgados penales unipersonales permanentes, cuatro juzgados penales unipersonales transitorios, seis juzgados de investigación preparatoria permanentes, un juzgado de investigación preparatoria transitorio y un juzgado penal supraprovincial transitorio.

Debe recalcarse que el régimen disciplinario de los jueces y el personal jurisdiccional y administrativo de esta corte está sujeto a la competencia de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (Odecma) y la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (Ocma).

Lo señalado entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

(Fuente: Andina)