Ex presidentes perderán pensión si son sentenciados por delito doloso

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El cese definitivo de la pensión que percibe un expresidente constitucional de la República, tras ser condenado por la comisión de cualquier delito doloso, planteo la congresista Gloria Montenegro Figueroa, de Alianza para el Progreso, APP.

“De esta forma se llena un vacío legal existente y se cautela la moral pública, la institucionalidad presidencial  y los recursos del erario nacional”, afirmó Montenegro Figueroa, al comentar aspectos relativos al proyecto de ley 1542/2016-CR.

Precisó que la iniciativa propone modificar la Ley 26519, e incluir un nuevo artículo, el 2-A, por el cual se establece el cese definitivo de la pensión de un expresidente constitucional de la República, por haber sido condenado por el juez con sentencia consentida o ejecutoriada, por la comisión de cualquiera de los delitos dolosos contemplados en el Libro Segundo del Código Penal, Decreto Legislativo N° 635.

La legisladora Gloria Montenegro informó que, entre otros, los delitos dolosos a los que hace referencia el Código Penal son: corrupción, tráfico de influencias, peculado, lavado de activos, usurpación de funciones, extorsión, fraude, patrocinio ilegal,  concusión, colusión, apropiación ilícita, enriquecimiento ilícito, soborno, abuso de autoridad, tortura y genocidio.

Expresó que la rehabilitación -del sentenciado- no restituye el derecho a la pensión, según lo establecido en el proyecto de ley.

La legislación vigente suspende la pensión alexpresidente si el Congreso formula acusación constitucional en su contra, salvo que la sentencia judicial lo declare inocente.