Comunicado MTC-BITEL sobre banda 900 MHZ

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La dirección general de control y supervisión de comunicaciones (DGCSC) advierte: la producción de interferencias perjudiciales generadas por personas naturales o jurídicas autorizadas que presten el teleservicio privado y/o el servicio de radiodifusión tanto sonora como televisiva (uso indebido del espectro) y que afecten de manera continua y constante las bandas asignadas por el MTC a la empresa VIETTEL PERU S.A.C. serán debidamente sancionadas

La empresa concesionaria VIETTEL PERU S.A.C. (BITEL) viene presentando ante la DGCSC constantes quejas debido a interferencias radioeléctricas perjudiciales provenientes de los sistemas de telecomunicaciones de  personas naturales y jurídicas autorizadas. Estas interferencias vienen afectando sus bandas de frecuencias asignada: 900 MHz concesionada para la provincia de Lima y Callao (899-915 MHz y 944-960 MHz), y en el resto del país (902-915 MHz y 947-960 MHz), y en la banda de 1900 MHz – Banda C (1897,5 – 1910 MHz y 1977,5 – 1990 MHz) a nivel nacional, lo que dificulta ofrecer y desarrollar el servicio público de telefonía móvil (PCS).

Por tal motivo, la DGCSC comunica, en el marco del cumplimiento de los contratos de concesión suscritos, de fechas 05 de mayo de 2011 y 29 de noviembre de 2012 (RM N° 313-2011-MTC/00 y 693-2012-MTC/03, respectivamente), que los referidos rangos de frecuencias de las bandas de 900 MHz y 1900 MHz son de uso exclusivo de la empresa concesionaria BITEL.

Asimismo, se viene advirtiendo la producción de interferencias perjudiciales provenientes de la operatividad de enlaces radioeléctricos Estudio-Planta en la banda de frecuencias asignada a BITEL en la banda 900 MHz, así como por la presencia de emisiones de señales radioeléctricas tales como espurias y armónicos provenientes de plantas transmisoras y enlaces radioeléctricos Estudio-Planta en las bandas de frecuencias asignadas a BITEL en 900 MHz y 1900 MHz causando graves interferencias las cuales son perjudiciales al sistema de telecomunicaciones de BITEL lo cual constituye una actividad sancionada de 150 UIT hasta 350 UIT tratándose de infracciones a la Ley de Telecomunicaciones; y las infracciones  reguladas por la Ley de Radio y Televisión Ley N° 28278 que cuentan con una escala menor de multas, además de la incautación y posterior decomiso definitivo de los equipos que constituyan fuente de emisión de las referidas señales interferentes, por la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones del MTC.

En agosto de 2012 el Gobierno peruano adjudico parte del espectro radioeléctrico en la banda 900 MHz, a través de una concesión para la provisión del servicio público de telefonía móvil por 20 años.

Además logró la provisión gratuita de internet de alta velocidad para 4743 entidades del Estado (4443 colegios, 112 centros de salud y 168 municipalidades).

Finalmente desde la DGCSC, exhortamos a las personas naturales y jurídicas que presten el servicio de radio y televisión a tomar las medidas correctivas y preventivas necesarias a efectos de que la empresa concesionaria BITEL pueda prestar el servicio de telefonía móvil (PCS, a nivel nacional, sin ningún tipo de interferencias.