CNL facilita el otorgamiento de testamento por escritura pública

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Hace poco, se emitió la Ley 31338, Ley que modifica el artículo 696 del Código Civil, facilitando el otorgamiento de testamento por escritura pública, y modifica el artículo 38 del Decreto Legislativo 1049, Decreto Legislativo del Notariado, sobre la forma de llevar los registros; dispositivo generado por iniciativa del Congreso de la República.

Al respecto, el Decano del Colegio de Notarios de Lima (CNL), Notario Enrique Becerra Palomino, ha señalado que “la modificación que genera la Ley 31338 va a facilitar el otorgamiento de testamento por escritura pública, por lo que va a permitir que el Notario pueda hacer el testamento de su puño y letra o utilizando computadoras u otros medios de naturaleza similar”.

El Decano del CNL sostuvo que ”la norma no es perfecta, se hubiera aprovechado para mejorarla. Por ejemplo, debió haber desaparecido la obligatoriedad de contar con testigos o que se deje al Notario como optativo que se recurra a los testigos o no”.

Agregó que, “no obstante todo ello, esta nueva Ley representa un avance, un paso adelante para, posteriormente, perfeccionar la norma”.

Explicó, igualmente, que se debió legislar en el sentido de que no se debe exigir que el testador, los testigos y el Notario estén juntos durante el periodo que se hace el testamento sino justo cuando se lee y firma este, para evitar que todos ellos estén cerca durante largos espacios de tiempo.

“Los Notarios que quieran hacer los testamentos del modo tradicional; es decir, a mano, lo podrán continuar realizando así”, dijo.