Asistencia administrativa mutua en materia fiscal

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PLENO DEL CONGRESO Bajo la conducción del presidente del Congreso, Luis Galarreta Velarde, se inicia la sesión matinal del Pleno, contando con el quórum reglamentario. El primer punto en agenda es el proyecto de Resolución Legislativa 555.

Pleno aprueba Convención y también el “Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales”.

El Pleno del Congreso de la República sancionó, por unanimidad, La Resolución Legislativa que propone aprobar la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, adoptada el 25 de enero de 1988, enmendada el 27 de mayo de 2010, en vigor internacionalmente desde el 1º de junio del 2011 y suscrita por el Perú el 25 de octubre de 2017.

En la sesión matinal, la Representación Nacional aprobó la Convención por 94 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Las resoluciones legislativas no requieren de segunda votación.

La norma aprobada contiene declaraciones y reservas. Se podrá aplicar a la Convención los impuestos a la Renta, contribuciones a la seguridad social, aportaciones al sistema nacional de pensiones (ONP), Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto a las Embarcaciones de Recreo e Impuesto a las Transacciones Financieras.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) será la autoridad competente. Cuando se refiere a “nacionales“ se refiere a todas las personas naturales que tengan la nacionalidad peruana y toda persona jurídica, sociedad de personas, asociaciones y otras entidades constituidas conforme a la legislación vigente de la República del Perú.

De acuerdo a lo señalado en el artículo 9º, párrafo 3 de la Convención, la República del Perú no aceptará como regla general las solicitudes descritas en el artículo 9º, párrafo 1, de la Convención.

En lo relacionado a reservas se precisa que de conformidad con el párrafo 1a, del artículo 30 de la Convención, la República del Perú se reserva el derecho de no prestar asistencia alguna en relación con los impuestos de otras Partes, salvo los incluidos en el Anexo A de la Convención.

También señala que la República se reserva el derecho de no prestar asistencia en materia de cobro de créditos tributarios o de cobro de multas administrativas, con cualquier clase de impuestos. Igualmente se reserva de no prestar asistencia en relación con cualquier crédito fiscal en la fecha entrada en vigor de la Convención con respeto al Perú.

Asimismo se reserva el derecho de no prestar asistencia en materia de notificación o traslado de documentos con respecto a cualquier clase de impuestos, así como se reserva el derecho de no permitir la notificación o la transferencia de documentos a través del correo.

La presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores, congresista Luz Salgado Rubianes (OCDE), en la sustentación de la propuesta, dijo que era imprescindible teniendo en cuenta que el país está interesado en ingresar a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).

Subrayó que es de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de vinculación del Perú con la OCDE.

Sometida al voto, la Resolución Legislativa fue aprobada y quedó expedita para su promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

TRATADO DE BEIJING

El Pleno del Congreso de la República, aprobó esta tarde por unanimidad, el proyecto de resolución legislativa 309 que propone aprobar el “Tratado de Beijing sobre Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales”.

Ese tema congresal, fue adoptado el pasado 24 de junio de 2012 por la Conferencia Diplomática de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales, celebrada en la ciudad de Beijing, y suscrito por el Perú el 26 de junio de 2012.

La votación de los 96 congresistas que registraron su asistencia, fue de manera unánime.

Sobre el proyecto de resolución legislativo 309 de iniciativa del Poder Ejecutivo, fue sustentado por la presidenta de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, la legisladora Luz Salgado Rubianes (FP), quien recomendó la aprobación del citado instrumento internacional, porque era conveniente para los intereses del Perú.

“Este tratado cubre una protección a los derechos de los artistas, así como a los derechos de autor. Es un instrumento para el desarrollo y la protección de los artistas”, enfatizó.