Aprueban norma que regula funcionamiento de Hogares para personas con enfermedad mental

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Documento promoverá un servicio de calidad para recuperar la autonomía de pacientes.

Como parte de las acciones para fortalecer la salud mental en el país, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó hoy una norma técnica que establece pautas para el funcionamiento de los denominados Hogares Protegidos, donde se brindan cuidados residenciales y tratamiento a personas con problemas mentales en situación de abandono social o familiar.

Según la Resolución Ministerial N° 703-2018/MINSA, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el documento técnico busca promover un mejor servicio para aquellas personas con trastorno mental grave o severo y del comportamiento con discapacidad mental, intelectual y/o psicosocial.

La referida norma precisa que los Hogares Protegidos son establecimientos que prestan servicios médicos, tanto público, privado y mixtos sin fines de lucro, que contribuyen a mejorar la autonomía de las personas, reducir el deterioro mental y recuperar las funciones en los ámbitos personal, familiar y social en el marco de los derechos ciudadanos y la inclusión social.

Estos establecimientos brindarán al paciente apoyo personalizado y acompañamiento las 24 horas del día, además de alojamiento para un máximo de ocho personas, alimentación, vestimenta de acuerdo a la estación, cultura y respeto al género.

Asimismo, establece que el paciente será derivado según informes médicos del estado de salud física y mental e informes de abandono socio-familiar y social, previa evaluación de los Centros de Salud Mental Comunitarios (CSMC) y/o unidad especializada en salud mental de los hospitales generales.

Además, el responsable será un profesional de la salud que tenga no menos de dos años de experiencia laboral en establecimientos de salud mental públicos o privados, y la infraestructura del establecimiento debe ser apropiada, de tipo propia o alquilada, y contar con la documentación que sustente el alquiler, por al menos un año renovable o en cesión de uso.

También señala que los establecimientos deberán contar con financiamiento para asegurar la prestación de servicios. En el caso del tipo público será financiado por el Minsa, gobiernos regionales y otras entidades públicas, respectivamente.

El marco regulatorio está comprendido en los Hogares Protegidos que funcionen en las jurisdicciones sanitarias de las Direcciones de Redes Integradas de Salud (Diris), Direcciones y Gerencias Regionales de Salud (Diresas/Geresas).