Aprueban lineamientos para nombramiento de profesionales de la salud

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Técnicos y auxiliares asistenciales a nivel nacional

Integran el último grupo de personal de salud calificado como apto por comisiones de unidades ejecutoras.

El Ministerio de Salud aprobó los lineamientos para el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Minsa, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud (CLAS) a nivel nacional.

Los beneficiados con esta norma publicada hoy en el diario oficial El Peruano pertenecen al último grupo calificado como apto para este proceso en orden de prelación (en función a la experiencia laboral acumulada), establecido por las comisiones de nombramiento de las diferentes unidades ejecutoras a nivel nacional que determinaron la relación nominal de personal del Minsa a ser nombrado para los años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018.

A través de la Resolución Ministerial N°428-2018/MINSA se dispone una serie de acciones para la culminación del proceso de nombramiento de técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, médicos cirujanos, enfermeras, obstetras, cirujanos dentistas, químicos farmacéuticos, médicos veterinarios, biólogos, psicólogos, nutricionistas, ingenieros sanitarios, asistentas sociales, tecnólogos médicos, químicos y otros profesionales de la salud).

En esa línea, el personal de salud considerado apto para el proceso de nombramiento contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N°276 y que realiza funciones en salud individual o pública, se nombrará en el puesto actual, mientras que los que están bajo los regímenes de los decretos legislativos N” 1057 (CAS) y 728, se nombrarán en los puestos donde realizaban funciones de salud individual o salud pública, a la fecha de entrada en vigencia el Decreto Supremo N” 032-2015-SA

En tanto, el personal de la salud considerado en el proceso de nombramiento, cuyo vínculo laboral hubiere concluido después de emitido el Informe Final de la respectiva Comisión de Nombramiento o aquellos que no cuentan con vínculo laboral y que se haya acogido a este proceso, se nombrarán en el puesto donde realizaban funciones en salud individual o salud pública, a la fecha de entrada en vigencia el Decreto Supremo N° 032-2015-SA.

Se establece, además, que las resoluciones de nombramiento deberán ser notificadas al personal de salud dentro del plazo de cinco días hábiles de emitido el acto resolutivo y los beneficiados deberá hacer la toma de posesión del cargo durante los tres días hábiles siguientes de notificado.

Finalmente, se prohíbe que el personal de salud contratado que pase a la condición de nombrado pueda desplazarse a otra dependencia o establecimiento de salud durante los cinco años siguientes al nombramiento. Sin embargo, excepcionalmente, podrá solicitar la permuta con la debida sustentación del caso.